Formación Continúa

Convenios

Convenio Marco de Cooperación – Instituto Universitario Naval


El alcance de este acuerdo comprende acciones tales como el perfeccionamiento y capacitación de miembros de ambas instituciones; planeamiento y ejecución de programas y proyectos conjuntos; utilización de instalaciones propias en forma mancomunada; creación de becas de estudio y cursos de formación profesional; intercambio de información y materiales; investigación y desarrollo; realización conjunta de servicios de consultoría y promoción de actividades científicas, entre otras.


Convenio Instituto Argentino de Estudios Técnicos, Económicos y Sociales

Se acuerda la mutua complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y de servicio con el objetivo de brindar un mejor servicio a las necesidades de la Comunidad, reconociendo las mismas como así también las cuestiones relativas a la solidaridad social, al empleo y la producción
A partir del acuerdo también se comprometen a colaborar en proyectos de investigación y desarrollo, organizar conferencias, seminarios y cursos relativos a temas de interés y desarrollar programas de formación profesional y atención comunitaria.


Convenio Universidad Tecnológica Nacional

Ambas instituciones acuerdan brindarse mutuo apoyo mediante asesoramiento y transferencia de información científica y técnica así como también integrar comisiones de trabajo para realizar estudios de interés común y facilitar el acceso de las partes a laboratorios, instalaciones y plantas, entre otros puntos.


Convenio Universidad Marina Mercante

Ambas instituciones consideran de mutuo interés establecer un marco general de colaboración que permita el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones con el máximo aprovechamiento de todos sus medios. Se define como campo de actuación Transportes y Desarrollo Regional, Impacto Ambiental, Seguridad Vial, Sistemas Inteligentes de Transporte, Formación y Capacitación, Intercambio de Tecnologías y Desarrollo, y Otros que se acuerden en el futuro. Prevé varias alternativas de colaboración e intercambio de actividades, planes conjuntos de investigación, intercambio de expertos y pasantías.


Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el narcotráfico de la Presidencia de la Nación.

Asimismo, la FPT ha firmado un Convenio Marco de Cooperación con la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el narcotráfico de la Presidencia de la Nación.
Las actividades a desarrollar se concentran en los siguientes campos:
- Colaboración en proyectos de investigación y desarrollo, intercambiando información y personal idóneo.
- Desarrollo de estudios en temas de interés común.
- Organización de conferencias, seminarios y cursos relativos al interés común.
- Desarrollo de programas de formación profesional y atención comunitaria que permitan satisfacer demandas. 


Convenio Universidad de Tres de Febrero

Tiene por objeto implementar entre ambas instituciones, los medios y las acciones necesarias para lograr la mutua complementación técnica y realizar en forma conjunta o coordinada, proyectos en áreas de mutuo interés, realizando la cooperación a través de las siguientes actividades: realizar trabajos de investigación, difundir y promocionar actividades que tiendan al desarrollo de la carreras y/o cursos técnico – profesional articuladas en el marco de la Educación Superior,  desarrollar cursos de postgrados, formación, capacitación y perfeccionamiento de los recursos humanos, creación y desarrollo de grupos de trabajos, desarrollo de extensión tecnológica, ejecución de proyectos e intercambio de información científica y técnica, con relación a las políticas y problemáticas relativas a la logística, transporte, seguridad vial calidad y comercio internacional y aquellas áreas de interés que surjan entre las partes.


Asociación Francesa de Transportes (AFT-IFTIM)

En un marco Internacional se ha firmado una Carta Intención con la  Asociación Francesa de Transportes (AFT-IFTIM) cuyos objetivos son:

A) Compromiso mutuo de profundizar la cooperación para el desarrollo de la actividad del transporte a través de su profesionalización. B) Intención de establecer en el ámbito del Mercosur y en particular en Argentina, una estructura comercial capaz de atender las demandas de la FPT para alcanzar un nivel más alto en la formación de recursos humanos del sector.


Convenio de cooperación y asistencia entre el Instituto de altos estudios para la integración y el desarrollo legislativo IDL - Subsede Ecuador; y la Fundación para la Formación Profesional en el Transporte, FPT de Argentina.  


El presente convenio de cooperación y asistencia firmado el 22 de Octubre de 2008 en la ciudad de Quito, República del Ecuador tiene por objeto fijar los lineamientos básicos de entendimiento entre las partes, los medios y las acciones necesarios para lograr la mutua cooperación técnica y realizar en forma conjunta o coordinada, proyectos en áreas de interés.
El campo de actuación del presente convenio está constituido por:
- La formación y Capacitación de Recursos Humanos en todos los aspectos relacionados con el transporte por vías y carreteros.
- Actividades de investigación y desarrollo de transporte terrestre por vías y carreteras.
- Desarrollo de aspectos técnicos e investigación tendientes a mitigar el impacto ambiental, derivado de la actividad de transporte por vías y carreteras.
- Desarrollo de acciones que contribuyan a optimizar la legislación que regula la seguridad vial.

Las modalidades de colaboración del presente convenio están constituidas por:
a) Prestación de servicios técnicos permanentes
b) Realización de servicios de asistencia técnica especializada
c) Planes conjuntos de investigación
d) Formación
e) Intercambio de formación técnica
f) Intercambio de Personal La administración del presente convenio se llevará a cabo por una comisión coordinadora de carácter permanente, integrado por dos miembros de cada una de las partes. El presente convenio rige a partir de la fecha de suscripción por las partes signatarias, teniendo una vigencia por 5 años.